¿Las navieras pagan el traslado desde mi casa al barco?

Los barcos de crucero suelen salir de puertos distantes. Una de las preguntas más frecuentes cuando comenzamos a buscar un empleo en la industria turística marítima, es si las navieras pagan el traslado desde mi casa al barco. Acompáñanos y te contaremos como es el proceso.

Tipos de empleados y beneficios

Al igual que en cualquier industria, los barcos de crucero, tienen puestos de trabajo que poseen más beneficios que otros. En algunas navieras, el traslado forma parte del paquete laboral ofrecido.

Si es tu primer contrato, éste debe ser un punto importante a verificar cuando revisas los requerimientos, construyes el currículo y realices la entrevista de trabajo.

Los oficiales y las posiciones de staff, en su mayoría gozan del beneficio de traslado en el cual, la naviera se encarga de llevarte desde tu lugar de origen, al puerto de salida. En algunos casos, pagaran por tu boleto aéreo y en otros te reembolsaran el importe pagado.

Las posiciones de staff incluyen:

  • Entretenimiento a los pasajeros (animadores)
  • Músicos y bailarines
  • Instructores
  • Cuidado de niños
  • Empleados de las tiendas
  • Fotógrafos
  • Terapeutas
  • Anfitriones
  • Guías turísticos
  • Terapeutas
  • Empleados de los centros de belleza.
  • Posiciones de atención al cliente.
  • Personal de venta.

Los empleos nombrados anteriormente son algunos de los más cotizados, y en la mayoría de las navieras te trasladaran.

No quiero decir con esto, que en otras posiciones no lo harán, solo que hay alrededor de 1500 empleos necesarios en un barco de 3000 huéspedes, con lo cual, es necesario preguntar en la entrevista tu caso particular, que beneficios obtienes y cuáles son las condiciones aplicables.

Sobre la Repatriación: ¿Que debo conocer antes de embarcar?

Llegar al trabajo y volver a casa, es un aspecto normal en la vida laboral en tierra firme; sin embargo, en el ámbito de los cruceros, tiene otra connotación y se conoce como repatriación.

En España, el código CMT (2006) es el documento legal relacionado con los aspectos de repatriación de la “Gente del Mar”; en él se establecen los derechos, términos y condiciones de los trabajadores de cruceros para volver a casa.

Dentro de los derechos contemplados en el convenio se encuentran:

  • Repatriación del trabajador en caso de enfermedad o accidente
  • Virtualidad de documentos legales de identidad; facilitando el ingreso a distintas naciones, sobre todo si son necesario para el tránsito en su camino de repatriación.

Siempre es bueno conocer muy bien las condiciones del contrato laboral, y el transporte no es una excepción. A la hora de la entrevista de trabajo y cuando tengas el convenio en mano, asegúrate de leer acuciosamente y preguntar:

  1. Condiciones de traslado: Como llegas al puerto de salida y quien corre con los gastos.
  2. Cuando podrías solicitar traslado a tu lugar de origen y bajo qué circunstancias.
  3. Cuál es la política de repatriación de la naviera para la cual estas aplicando.
  4. Cuando y en qué circunstancias la repatriación no procede.
  5. Como puedes volver a casa y que condiciones aplican.

Asegúrate de leer bien las condiciones del contrato. Podría presentarse un imprevisto, asuntos relacionados con la salud, emergencias familiares o diferencias laborales abordo, y necesites abandonar el barco en un puerto intermedio.

En el caso de diferencias laborales, cuando los empleados son despedidos, son invitados a abandonar el barco, y deben retornar a casa por cuenta propia, cubriendo sus gastos de traslado.

En la mayoría de los casos, para las posiciones de staff, las navieras pagan el traslado desde el lugar de origen, al barco y cuando termina tu contrato cubren los gastos de regreso. Solo debes asegurarte de preguntar las condiciones de estos traslados.

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